REGLAMENTO OFICIAL PARA POSTULANTES A ELECCIÓN DE EMBAJADORAS DE LA FIESTA PROVINCIAL DEL GUISO DE ARROZ

1. REGLAMENTO: 1.1 Las postulantes que se inscriban (en el caso de ser más de 15 inscriptas se realizará una preselección virtual), tendrán que presentarse en la elección final el 26 de octubre del 2024, donde quedarán consagradas: Embajadora Provincial de la Fiesta del Guiso de Arroz. Segunda Embajadora y Tercer Embajadora de la Fiesta. 1.2 Las postulantes deberán ser residentes de la Provincia de Corrientes. 1.3 Las postulantes deberán tener entre 16 y 30 años cumplidos y sus estudios secundarios completos o estar cursando la secundaria. 1.4 Las postulantes deberán presentar toda documentación, que, en carácter demostrativo de los puntos anteriores y otros, le sean exigidos por la organización. 1.5 Las postulantes a Embajadoras 2024 no tendrán derecho a reclamar resarcimiento en caso de que, por razones de fuerza mayor luego de inscriptas, no se realice o se suspenda la elección para la cual se postularon. 1.6 A efectos de presentarse como postulantes, aquellas que sean menores de edad, deberán presentar nota de autorización por el padre, madre o tutor legal, los cuales a su vez firmarán el presente reglamento en carácter de aceptación. 1.7 Las postulantes a Embajadora Provincial de la Fiesta del Guiso de Arroz, deberán pasar por la entrevista online que determine la Comisión Organizadora, la cual será tenida en cuenta en la elección final el día 26 de octubre de 2024. 1.8 Las Postulantes a Embajadora Provincial de la Fiesta del Guiso de Arroz, deberán presentarse a las 17 horas en el predio donde se realizará el evento.   2. OBLIGACIONES DE LAS POSTULANTES A EMBAJADORA PROVINCIAL DE LA FIESTA DEL GUISO DE ARROZ. 2.1 Las postulantes deberán poseer conocimientos generales de la Provincia de corrientes, del Municipio de Riachuelo y de la Fiesta Provincial del Guiso de Arroz y un vocabulario que les permita desenvolverse correctamente. 2.2 Las postulantes deberán estar a disposición de la organización y o del Municipio de Riachuelo cuando estos lo requieran. 2.3 Las postulantes deberán estar dispuestas a cumplir con un asesoramiento de estética e imagen integral, donde y cuando la organización determine. 3. FUNCIONES DE LA EMBAJADORA PROVINCIAL DE LA FIESTA DEL GUISO DE ARROZ. 3.1 La Embajadora deberá representar durante el año o periodo que dure su mandato a la Fiesta Provincial del Guiso de Arroz. 3.2 La Embajadora deberá utilizar el título obtenido para promocionar en forma permanente y favorable la Fiesta Provincial del Guiso de Arroz. 3.3 La Embajadora deberá estar a disposición de la organización, y/o de la Intendencia Municipal, durante el período de su mandato para promocionar las actividades que determine la organización y o el Ejecutivo Municipal. 4. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EMBAJADORAS DE LA FIESTA PROVINCIAL DEL GUISO DE ARROZ DEBERÁN: 4.1 Cuidar su imagen, comportamiento y presencia en todo lugar que asista, en carácter oficial o no. 4.2 Poseer conocimientos de los lugares históricos e importantes de la Provincia de Corrientes, del Municipio de Riachuelo y de la Fiesta Provincial del Guiso de Arroz. 4.3 Manejar un vocabulario acorde a su representación. 4.4 Preparar un vestuario acorde a los eventos que asista. 4.5 Participar de todos los eventos para los cuales sea convocada. 4.6 El incumplimiento de algunas de las cláusulas dará lugar a la organización y/o a la Municipalidad de Riachuelo a cancelar su mandato, quedando como Embajadora la postulante que fue electa segunda Embajadora, y así sucesivamente se procederá a correr los mandatos. 4.7 Estar informada de la agenda de eventos del Municipio de Riachuelo. 4.8 No podrá utilizar el título obtenido en representaciones públicas o privadas, salvo previa autorización del Ejecutivo Municipal. 4.9 La Embajadora ya proclamada, sin una justificación de real imposibilidad, no podrá negarse a concurrir a fiestas o actos que se las convoque. Al tercer rechazo se le retirarán los atributos. 4.10 Cada Embajadora deberá usar sus propios atributos en cada evento que se deba presentar. 4.11 Los atributos de la Embajadora (Corona, Capa y Cetro) deberán permanecer en el Municipio de Riachuelo a excepción de la banda. 5. CADUCIDAD DEL REINADO: 5.1 Ante el no cumplimiento de las obligaciones y prohibiciones impuestas en dicho reglamento, el Municipio de Riachuelo determinará la caducidad del mandato de la Embajadora que esté en funciones, para lo cual sólo bastará con la notificación por escrito enviada al último domicilio declarado. 6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA SEGUNDA Y TERCER EMBAJADORA DE LA FIESTA PROVINCIAL DEL GUISO DE ARROZ: 6.1 Es obligación de la Segunda y Tercer embajadora de la Fiesta Provincial del Guiso de Arroz, remplazar a la Primer Embajadora, con los derechos y obligaciones que ello demanda.      Firma y Aclaración de la Postulante                                                          Firma del Tutor (solo en caso de ser menor)
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